El “Suplemento” del Boletín Oficial que habilitó al Gobierno a tomar las reservas hoy mismo

lunes, 1 de marzo de 2010

Como la oposición dijo que el Banco Central no puede girar las reservas hasta que mañana se publiquen en el Boletín Oficial los nuevos dos decretos de la Presidenta, el Gobierno sacó esta tarde un “Suplemento” que contiene esas normas. El texto completo de los decretos.

El “Suplemento” del Boletín Oficial publicado esta tarde en su versión digital, contiene en su inicio bajo el título “DEUDA PUBLICA” el Decreto 296/2010 que deroga el Decreto Nº 2010/09. Con fecha del 1 de marzo se recuerda que aquel malogrado DNU se firmó con “el objetivo de cancelar los servicios de la deuda con vencimiento en el año 2010, procurando así reducir el stock de deuda, mejorar el perfil de vencimientos y abaratar el costo financiero…para permitir un mayor y mejor acceso al financiamiento tanto para el sector público, como para el sector privado”.

Pero luego se reconoce que “diferentes actores de la política acudieron a la justicia para obstaculizar la efectivización de las medidas” y que “en diferentes actuaciones instadas por diversas minorías parlamentarias, el Poder Judicial ingresó en el tratamiento de cuestiones de carácter estrictamente político y de incumbencia exclusiva del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo, en un claro caso de judicialización de lo que por naturaleza pertenece al ámbito de acción política”.

Dejando trascender la Casa Rosada además su enojo con “magistrados de instancias inferiores” que otorgaron los amparos que trabaron la transferencia de reservas al tesoro. Señala el nuevo decreto que “esos magistrados han obviado pronunciamientos que exigen el máximo grado de prudencia para dictar cautelares que avanzan sobre funciones específicas del Poder Ejecutivo incurriendo en graves excesos jurisdiccionales en menoscabo de los poderes y funciones atribuidas a éste último”.

Pero lejos de quedarse con la derogación, el Gobierno agregó en el “Suplemento” del Boletín Oficial los nuevos decretos que vuelven a ordenar la transferencia de reservas y de los que se tomó el Banco Central para ejecutar hoy mismo esa operación.

Así se publica también bajo el título "Deuda Pública", el Decreto 297/2010 que dispone “la cancelación de la totalidad de los vencimientos de capital e intereses con organismos financieros internacionales correspondientes al presente ejercicio fiscal con reservas de libre disponibilidad”, citando como base el decreto de Néstor Kirchner que habilitó el pago de la totalidad de la deuda con el FMI con reservas “siempre que resulte de efecto monetario neutro”.

Señalando que “la balanza de pagos registra en la actualidad superávits comercial y de cuenta corriente que aseguran la generación de divisas y la sustentabilidad de las cuentas externas” de manera que “dentro de un régimen de cambio flotante, el nivel actual de reservas internacionales supera con amplitud los márgenes necesarios para mantener adecuadas políticas monetarias y cambiarias”.

Y dispone en concreto que el Banco Central transfiera al Tesoro reservas por 2.187 millones de dólares para este fin y como contraprestación, recibirá una letra con vencimiento en 10 años y amortización íntegra al vencimiento, que devengará una tasa de interés igual a la que devenguen las reservas internacionales para el mismo período y hasta un máximo de la tasa LIBOR anual menos un punto porcentual, cuyos intereses se cancelarán semestralmente.

El nuevo Fondo de Desendeudamiento

En este Suplemento también publicó el Gobierno un tercer decreto, el 298/2010 que crea el Fondo del Desendeudamiento Argentino, que en sus fundamentos recoge todos los argumentos del malogrado Fondo del Bicentenario y los reedita en esta nueva norma que propone “un uso más eficiente de las reservas del Banco Central de la República Argentina, buscando obtener de ellas no sólo el respaldo a la moneda, sino también la obtención de un mayor provecho para que coadyuven al mayor desarrollo económico interno”.

Y por lo tanto, sostiene el decreto, “el punto central es que una economía en desarrollo, como la República Argentina, estaría en parte sacrificando crecimiento al mantener esos activos en el exterior con mínimo rédito, sin aprovechamiento alguno en el ámbito interno” y por ello sufriendo una mala utilización de lo que denomina “costo por oportunidad” de uso de estos fondos.

De manera que resuelve la Presidenta crear este nuevo fondo, que según el decreto su objetivo “es llevar adelante los pagos de la deuda pública del Tesoro Nacional con vencimiento en el año 2010 con tenedores privados” por un total de 4.382 millones de dólares, que el Banco Central transferirá al Tesoro y recibirá en canje una letra de deuda.

Cita además el decreto de Cristina para apoyar su decisión la experiencia de “otros países con reservas internacionales que, a primera vista, parecen excesivas en relación con sus necesidades inmediatas, como es el caso de China, Rusia y Japón han comenzado a administrar buscando obtener de ellas mayor provecho, invirtiendo tanto en títulos públicos como en acciones de capital privado, a los fines no solamente de diversificar sus carteras, sino principalmente de coadyuvar al desarrollo económico interno”.

Lo mismo que recuerda el caso del Banco Central de Brasil que “decidió en marzo de 2009 prestar reservas internacionales vía subastas para ser utilizadas por las empresas brasileras”.

Prometiendo sobre el final que “en las condiciones actuales el uso acotado de reservas no tendrá mayor impacto sobre la política monetaria, ni es susceptible de lesionar el superávit cuasi fiscal”.

Se cubre además la Presidenta en esta nueva norma y ordena crear “la Comisión Bicameral Permanente de Seguimiento de los Pagos de la Deuda compuesta por OCHO (8) diputados y OCHO (8) senadores” para que controlen y fiscalicen el uso de estos fondos.

Finalmente también se publican en el Boletín Oficial resoluciones del Ministerio de Economía que abren en el Banco Central las cuentas necesarias para que se giren los fondos mencionados en los decretos.

Fuente: LPO

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